DECRETO SOBRE LAS ALCALDIAS MAYORES Y MENORES EN LOS
ESTADOS DEL RUDPEAR
Decreto 0002
- 49
El
Suscrito Dios Rey Del Universo De La Honorable , Santa Y Sagrada Monarquía
Celestial Universal, En Uso De Mis Atribuciones Como Dios Rey, Máxima Autoridad
Gubernamental Del Universo.
Decreta
1.- La Presente Ley Mediante La
Cual Se Crean Las Alcaldías Mayores Y
Menores De Los Estados Miembros Del R.U.D.P.E.A.R. Las Cuales Serán Las
Encargadas De La Administración De
Cada Condado Del Reino. Bajo El Supremo Gobierno Monárquico Celestial Del
Universo.
2.-
Tanto Las Alcaldías Mayores Como Las Menores Deberán Responder Directamente Al
Gobierno Monárquico Celestial Del Universo En El RUDPEAR, Ellas Serán
Responsables De La Administración De
Su Jurisdicción, De Ellos Dependerá El Bienestar De Los Territorios Que de
Ellas Dependa Como De Ellas Mismas, Esto Incluye El de Todo Su Personal E
Instalaciones Dependientes De Las Mismas.
3.- Los Alcaldes Tendrán Un Periodo De Cuatro
Años (4) Los Cuales Podrán Ser Re Elegidos Solo Por Un Periodo Siguiente, Esto
Tanto Para Alcaldes Mayores Como Para Los Menores, Los Alcaldes Mayores Estarán
Elegidos El Las Principales Poblaciones Con Mas De Diez Millones (10.000.000)
De Habitantes, Los Alcaldes Menores Serán Elegidos En Poblaciones Con Menos De
Los Diez Millones (10.000.000) De Habitantes.
4..- Las Alcaldías Estarán Bajo Administración
Directa De Todos Sus Recursos Financieros Que Ellas Produzcan Y De Los Recursos
Que La Gobernación De
Cada Estado Y El Gobierno Monárquico Celestial Del Universo Les Asigne A Cada
Una De Las Mismas.
5.-
Todas Las Alcaldías Podrán Recibir Recursos De Otro Estado Diferente Al En Que
Esta Ubicado, Ya Sea De Organismos O Instituciones Que Estén En La Capacidad De Darles Recursos
Financieros O En La Dotación De
Equipos Y Materiales Para El Buen Funcionamiento En Excelente Condiciones De
Las Alcaldías mayores Y Menores.
6.-
Cada Alcaldía Estará Integrada Por El Personal Que Según Los Estatutos Que Las
Rijan Formen Parte De Cada Una De Ellas, Los Cuales Estarán Bajo La Administración De
Cada Uno De Los Alcaldes Como Sus Jefes O Patrones.
7.-
Corresponden A Las Alcaldías Mayores Velar Por Mantener Todos Los Servicios De
Ellas Dependientes En Un Óptimo Funcionamiento Con Las Alcaldía Menores Y Darles
La Ayuda Necesaria
Para Que En Sus Jurisdicciones Limítrofes Igualmente Estén En Óptimas
Condiciones.
8.- Las Alcaldías Mayores Y Menores Creadas A
Través Del Presente Decreto Gubernamental Del Gobierno Monárquico Celestial Del
Universo, Les Corresponde En Unión Con La Gobernación De
Su Estado El Velar Por El Optimo Funcionamiento De Todos Los Servicios
Públicos. Esto Incluye: Sistema De Agua Potable Por Acueductos, Sistema De
Alumbrado Publico En Avenidas, Calles, Carreras, Canchas Deportivas, Parques,
Transporte Y Vías Totalmente Siempre Bien Asfaltadas.
9.-
Las Alcaldías Deben Tener Cada Una De Las Mismas Bajo Su Responsabilidad El
Velar Por El Buen Funcionamiento Y Excelentes Condiciones De Cada Una De Las
Instalaciones De Los Planteles Educativos Ya Sean Públicos O Privados Dentro De
Su Jurisdicción.
10.-
Los Alcaldes Tienen En Sus Manos El Poder De Representar En Su Jurisdicción A
Dios Rey Del Universo, Esto Ante Los Demás Organismos Tanto Públicos Como
Privados. Y Los Mismos Deberán Mantener Una Comunicación Permanente Con El
Gobierno Monárquico Para Mantener Al Tanto De Todo Lo Relacionando A Su
Administración Local.
11.-
Los Alcaldes Y Gobernadores Mantendrán Una Ayuda Mutua En La Administración Y
Buena Marcha De Su Gobierno Local Correspondiente, Y Los Cuales Deberán
Responder Anualmente Al Gobierno Monárquico De Dios Rey Del Universo, En Su
Entrega De Las Memorias Y Cuentas De Sus Gestiones Que Han Realizado Durante El
Mismo Bajo Su Administraciones De Gobierno.
12.-
Le Corresponde A Las Alcaldías Solicitar Ante La Gobernación De
Su Estado Correspondiente Los Recursos Necesarios Para La Adquisición De
Bienes E Inmuebles Necesarios Para El Optimo Funcionamiento De Cada Una De Las
Mismas. Además Lo Podrán Hacer Igualmente Al Gobierno Monárquico Celestial Del
Universo Directamente Para Que Le Sea Dotada De Los Recursos Las Mismas Bajo
Administración Directa.
13.-
Corresponde A Los Alcaldes Velar Por La Seguridad E Integridad De Cada Una De Las
Dependencias Adscritas A Dicha Administración Debidamente Coordinado Con Las
Reales Fuerzas Armadas Celestiales Del Universo, Además Deberán Coordinar Y
responder También Por La Seguridad De
Su Jurisdicción Administrativa Local.
14.-
El Presente Decreto Entra En Vigencia Inmediatamente Sea Promulgada Como
Sagrada Ley Del R.U.D.P.E.A.R. Por Dios
Rey Del Universo.
Dado,
Firmado Y Sellado, En La Sede Oficial
Provisional De La
Monarquía Celestial Del Universo En El R.U.D.P.E.A.R., En La Ciudad Capital Pedro Emilio
Arenas Rueda, A Los Catorce Días Del Mes De Noviembre Del Año 49 De La
Nueva Era Y Del Nuevo Mundo.
Ejecútese Y Cúmplase
Pachely
Hunter
Dios Rey Celestial Del Universo
“ Un Nuevo Orden Social
Y Gubernamental En El Universo ”
Pachely Hunter
Dios Rey Del Universo
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