martes, 14 de noviembre de 2017

Decreto 0002 - 49

DECRETO  SOBRE LAS ALCALDIAS MAYORES Y MENORES EN LOS ESTADOS DEL RUDPEAR
                                   
Decreto 0002 - 49

      El Suscrito Dios Rey Del Universo De La Honorable, Santa Y Sagrada Monarquía Celestial Universal, En Uso De Mis Atribuciones Como Dios Rey, Máxima Autoridad Gubernamental Del Universo.

Decreta

1.- La Presente Ley Mediante La Cual Se Crean Las Alcaldías Mayores Y Menores De Los Estados Miembros Del R.U.D.P.E.A.R. Las Cuales Serán Las Encargadas De La Administración De Cada Condado Del Reino. Bajo El Supremo Gobierno Monárquico Celestial Del Universo.

2.- Tanto Las Alcaldías Mayores Como Las Menores Deberán Responder Directamente Al Gobierno Monárquico Celestial Del Universo En El RUDPEAR, Ellas Serán Responsables De La Administración De Su Jurisdicción, De Ellos Dependerá El Bienestar De Los Territorios Que de Ellas Dependa Como De Ellas Mismas, Esto Incluye El de Todo Su Personal E Instalaciones Dependientes De Las Mismas.

3.-  Los Alcaldes Tendrán Un Periodo De Cuatro Años (4) Los Cuales Podrán Ser Re Elegidos Solo Por Un Periodo Siguiente, Esto Tanto Para Alcaldes Mayores Como Para Los Menores, Los Alcaldes Mayores Estarán Elegidos El Las Principales Poblaciones Con Mas De Diez Millones (10.000.000) De Habitantes, Los Alcaldes Menores Serán Elegidos En Poblaciones Con Menos De Los Diez Millones (10.000.000) De Habitantes.

4..-  Las Alcaldías Estarán Bajo Administración Directa De Todos Sus Recursos Financieros Que Ellas Produzcan Y De Los Recursos Que La Gobernación De Cada Estado Y El Gobierno Monárquico Celestial Del Universo Les Asigne A Cada Una De Las Mismas.

5.- Todas Las Alcaldías Podrán Recibir Recursos De Otro Estado Diferente Al En Que Esta Ubicado, Ya Sea De Organismos O Instituciones Que Estén En La Capacidad De Darles Recursos Financieros O En La Dotación De Equipos Y Materiales Para El Buen Funcionamiento En Excelente Condiciones De Las Alcaldías mayores Y Menores.

6.- Cada Alcaldía Estará Integrada Por El Personal Que Según Los Estatutos Que Las Rijan Formen Parte De Cada Una De Ellas, Los Cuales Estarán Bajo La Administración De Cada Uno De Los Alcaldes Como Sus Jefes O Patrones.

7.- Corresponden A Las Alcaldías Mayores Velar Por Mantener Todos Los Servicios De Ellas Dependientes En Un Óptimo Funcionamiento Con Las Alcaldía Menores Y Darles La Ayuda Necesaria Para Que En Sus Jurisdicciones Limítrofes Igualmente Estén En Óptimas Condiciones.

8.-  Las Alcaldías Mayores Y Menores Creadas A Través Del Presente Decreto Gubernamental Del Gobierno Monárquico Celestial Del Universo, Les Corresponde En Unión Con La Gobernación De Su Estado El Velar Por El Optimo Funcionamiento De Todos Los Servicios Públicos. Esto Incluye: Sistema De Agua Potable Por Acueductos, Sistema De Alumbrado Publico En Avenidas, Calles, Carreras, Canchas Deportivas, Parques, Transporte Y Vías Totalmente Siempre Bien Asfaltadas.

9.- Las Alcaldías Deben Tener Cada Una De Las Mismas Bajo Su Responsabilidad El Velar Por El Buen Funcionamiento Y Excelentes Condiciones De Cada Una De Las Instalaciones De Los Planteles Educativos Ya Sean Públicos O Privados Dentro De Su Jurisdicción.

10.- Los Alcaldes Tienen En Sus Manos El Poder De Representar En Su Jurisdicción A Dios Rey Del Universo, Esto Ante Los Demás Organismos Tanto Públicos Como Privados. Y Los Mismos Deberán Mantener Una Comunicación Permanente Con El Gobierno Monárquico Para Mantener Al Tanto De Todo Lo Relacionando A Su Administración Local.

11.- Los Alcaldes Y Gobernadores Mantendrán Una Ayuda Mutua En La Administración Y Buena Marcha De Su Gobierno Local Correspondiente, Y Los Cuales Deberán Responder Anualmente Al Gobierno Monárquico De Dios Rey Del Universo, En Su Entrega De Las Memorias Y Cuentas De Sus Gestiones Que Han Realizado Durante El Mismo Bajo Su Administraciones De Gobierno.

12.- Le Corresponde A Las Alcaldías Solicitar Ante La Gobernación De Su Estado Correspondiente Los Recursos Necesarios Para La Adquisición De Bienes E Inmuebles Necesarios Para El Optimo Funcionamiento De Cada Una De Las Mismas. Además Lo Podrán Hacer Igualmente Al Gobierno Monárquico Celestial Del Universo Directamente Para Que Le Sea Dotada De Los Recursos Las Mismas Bajo Administración Directa.

13.- Corresponde A Los Alcaldes Velar Por La Seguridad E Integridad De Cada Una De Las Dependencias Adscritas A Dicha Administración Debidamente Coordinado Con Las Reales Fuerzas Armadas Celestiales Del Universo, Además Deberán Coordinar Y responder También Por La Seguridad De Su Jurisdicción Administrativa Local.

14.- El Presente Decreto Entra En Vigencia Inmediatamente Sea Promulgada Como Sagrada Ley Del R.U.D.P.E.A.R.  Por Dios Rey Del Universo.

Dado, Firmado Y Sellado, En La Sede Oficial Provisional De La Monarquía Celestial Del Universo En El R.U.D.P.E.A.R., En La Ciudad Capital Pedro Emilio Arenas Rueda, A Los Catorce Días Del Mes De Noviembre Del Año 49 De La Nueva Era Y Del Nuevo Mundo.


Ejecútese Y Cúmplase


             
 Pachely Hunter
Dios Rey Celestial Del Universo


“ Un Nuevo Orden Social
Y Gubernamental En El Universo ”
                                                   
                                                       Pachely Hunter 
                                                     Dios Rey Del Universo

sábado, 11 de noviembre de 2017

Decreto 0001 - 49

DECRETO  SOBRE LA ALIMENTACION Y LOGISTICA OPERATIVA DEL PERSONAL ADSCRITO A LAS DIFERENTES FUERZAS Y ORGANISMOS DEL RUDPEAR
   
Decreto 0001 - 49

      El Suscrito Dios Rey Del Universo De La Honorable, Santa Y Sagrada Monarquía Celestial Universal, En Uso De Mis Atribuciones Como Máxima Autoridad Gubernamental Del Universo.

Decreta

1.-  La Ley Presente Alimentaría Y Logística Para Las Fuerzas Militares, Y Demás Organismos Al Servicio Del Gobierno Monárquico Celestial Del Universo En El RUDPEAR Y Toda La Jurisdicción Universal. Será Según Lo Aquí Decretado Asumida Como Un Aporte Obligatorio De Todas Las Empresas Y Entidades Prestadoras De Dichos Servicios A Los Funcionarios Que Se Encuentre Desempeñando Sus Funciones De Patrullaje Preventivo En Dichos Lugares, Para Incentivar Su Gran Labor Que Deben Desempeñar Sin Abandonar Los Mismos Por Tener Que Trasladarse A Determinados Establecimientos Para Alimentarse En Sus Horarios De Guardias Correspondientes A Los Mismos. Ellos Podrán Ser Identificados Que Se Encuentran En Servicio De Labores de Patrullajes Preventivos En Los Diferentes Organismos De La Real Fuerzas Armadas Celestiales, En Cumplimiento Del Articulo 12 De La Ley Fundacional, Quienes Se Transportaran En Unidades Y Comisiones De Varios Integrantes Que Formarán Una Patrulla En Cada Zona De Las Diferentes Ciudades Y Poblaciones De Cada Estado Del RUDPEAR, Para Los Efectos De Esta Ley Tanto Restaurantes, Cafeterías, Panaderías, Refresquerías, Pizzerías Y Ventas De Cualquier Tipo de Comidas Rápidas Tienen El Deber De Colaborar Con la Comisión Que Se Presente A Dicho Lugar En Cualquiera De Los Horas De Alimentación, Llámense Desayuno, Almuerzo O Cena, Y Además Que A Cada Funcionario Le Deben Suministrar Doble Ración Alimenticia Una Para Comer En El Lugar Y Otra Para Que Lleven Para Sus Refrigerios De Los Mismos En Lo Que Les Quede De Servicio A Los Mismos.


2.- Deben Tener En Cuenta Cada Uno De Los Empresarios Expendedores De Alimentos Que A Través De Esta Ley Quedan Obligados A Contribuir Con la Alimentación Y Bienestar De Cada Uno de Los Miembros De Los Organismos Que Presten Patrullaje Preventivo En Todo El R.U.D.P.E.A.R., Contribuyendo Así De esta Forma Con La Seguridad Y Bienestar Tanto De Sus Clientes, Empresas, Su Personal, El Suyo Propio Y Del Personal Militar De Los Diferentes Organismos Que Sirvan Al Gobierno Monárquico Celestial En Cumplimento Del Servicio Militar Obligatorio Y Gratuito De Todo Ciudadano Del R.U.D.P.E.A.R., Excepto Quienes Ejercen Como Profesionales Su Carrera Militar, Que Oficialmente Quedan Reconocidos Como Tales Según Decisión Judicial De La R.S.C.C.J. Al Servicio Del Gobierno Monárquico Celestial Del Universo Y El R.U.D.P.E.A.R.

3.- Todo Establecimiento Benefactor Del Personal Militar De Los Diferentes Organismos De La Nación Deberán Llevar Un Control De Su Operatividad Logística En La Alimentación De Los Mismos Haciendo Constar Quien Comandaba Dicha Comisión Que Fue Atendida Por Ese Establecimiento, Quedando Exceptuado De Dicho Control Quienes Manifiesten Contribuir Con Los Mismos Sin Necesidad De Realizar Dicho Acto Administrativo De Ley Para Los Efectos Legales De La Presente, Sino Que Queda Comprometido A Contribuir Con El Gobierno Monárquico Celestial Del Universo Con Esta Ley Para La Optima Operatividad Logística De Cada Uno De Los Organismos De La R.F.A.M.C.U. “ Real Fuerza Armada Militar Celestial Universal”

4.- Entra En Vigencia Inmediatamente Sea Promulgada Como Sagrada Ley Del R.U.D.P.E.A.R.  Por Dios Rey Del Universo La Presente Ley.

Dado, Firmado Y Sellado, En La Sede Oficial Provisional De La Monarquía Celestial Del Universo En El R.U.D.P.E.A.R., En La Ciudad Capital Pedro Emilio Arenas Rueda, A Los Dos Días Del Mes De Noviembre Del Año 49 De La Nueva Era Y Del Nuevo Mundo.


Ejecútese Y Cúmplase


             Pachely Hunter
Dios Rey Celestial Del Universo



“ Un Nuevo Orden Social
Y Gubernamental En El Universo ”
                                                   
                                                       Pachely Hunter 
                                                     Dios Rey Del Universo

sábado, 14 de octubre de 2017

Como Ser Madres E Hijas Juntas A La Monarquía Celestial.

De La Ley De Las Integrantes De Una Misma Familia Para Ser Monarca Celestial.

Trascurría El Año Del Señor 13, Cuando Fueron Elegidas Las Chicas Mas Hermosas Del Planeta Para Esposas Según Las Exigencias Como Dios Rey Del Universo, Todo En Un Solo Cuerpo, Semejante A Un Humano Normal, Pero Con La Diferencia Que Habito En Cuerpo Y En Espíritu Santo, Mediante El Cual Me Hago Presente Hasta En El Lugar Mas Recóndito, O Sea Viajo En Espíritu Santo Hasta El Infinito Llevándoles Mis Mensajes A Través Del Espectro Radio Eléctrico Tanto Las Señales De Radio, Televisión, Como De Telefonía Y Luz Eléctrica Son Medios Por Los Cuales Les Llego Con Mi Onda A Una Velocidad X O Altamente Expansiva Y Ultra Sonica, Que Rompe La Velocidad De La Luz, Viajando Por Años Luz En Forma Instantánea. Rompiendo Así Con La Barrera Del Tiempo Igualmente, De Esta Forma Me Comunico Con Todos Los Seres Vivos E Inertes Para La Humanidad Y Con La Naturaleza Misma, Para Hacerles Conocer Mis Leyes Y Decretos Que Emano Según Mi Sagrada Voluntad Y Que Son Para Fiel Cumplimiento Por Todos Los Seres Humanos, Tal Como Lo Obedecen Los Seres Inertes, (Llámense Piedras U Objetos) Y La Naturaleza Misma Que Con Tan Solo Pensar Una Decisión Mía Ella Actúa De Inmediato ( Tormentas Eléctricas, Relámpagos, Truenos, Rayos, Lluvia, Terremotos, Maremotos, Nevadas, Etc.)  Esta Una Explicación Completa De Lo Que Es Mi Poder Sagrado Que Debe Ser Obedecido Y Respetado Para Fiel Cumplimiento Tal Como Lo Decreto Según Mi Voluntad, Ya Sea Por Decisiones Administrativas De Mi Gobierno A Través De Decretos, Mis Decisiones Judiciales O Mis Decisiones Personales En Cualquier Instante Que Lo Desee Y Es Inmediatamente Un Decreto Sagrado De Mi Poder Divino, Todopoderoso Sobre Toda La Existencia Universal.  Tal Como Lo Explico Así Idéntico Deben Obedecer Las Chicas Mas Hermosas Que Elija Para Ser Mías Y Solo Mías, Su Único Hombre En Todo El Universo, Según Mis Sagradas Leyes De Mi Monarquía Celestial Del Universo Y Las Decisiones Que Tome Según Se Presente Un Caso Que A Merite Según El Cumplimiento De Lo Establecido Para Ellas Ser Integrantes De La Monarquía Celestial Del Universo,  Las Madres Que Junto A Sus Hijas Deseen Por Igual Ser Monarcas Celestes Del Universo Estas Junto A Sus Hijas Lo Podrán Hacer Legal Al Cumplir Ellas Como Madres Los Demás Requisitos Exigidos A Partir Del Numeral 2 Cumpliendo Efectivamente Con Los 12 Restantes De Los 13 Exigidos, Ya Que El Numero Uno Se Refiere A Ser Virgen Las Jóvenes Que Hasta La Edad De 25 Años Pueden Tener El Privilegio Sagrado De Formar Parte De La Monarquía Celestial Del Universo Del RUDPEAR, Como Esposas De Dios Rey Del Universo. A Cambio Del Numeral 1 Las Madres Contraerán Matrimonio Con Sus Hijas Convirtiéndose Así En Conyugues Mutuamente Y Sus Hijas En Hijas Esposas De Dios, Manteniendo En Fiel Unión Vida Conyugal En Sagrado Matrimonio Al Contraer Luego Matrimonio Legal Con Dios Rey Del Universo E Ingresar De Esta Forma Tanto Madres Como Sus Hijas A Ser Integrantes De La Monarquía Celestial Del Universo Y Convertirse De Esta Forma En Diosas Reinas Del Universo, Juntas Las Madres Y Sus Hijas. Igualmente Es Aplicable Esta Ultima Parte A Las Hijas Engendradas Dentro Del Matrimonio Con Las Anteriormente Mencionadas El De Contraer Matrimonios Con Las Mismas A Su Edad Nupcial Establecida Legalmente Por Dios Rey Celestial Del Universo Y/O Cuando Así Lo Crean En Hacerlo Efectiva La Unión Conyugal Entre Las Partes. Pues Queda Estipulado Que Las Mismas Sin Importar Su Edad Podrán Manifestar Su Voluntad De Querer Contraer Nupcias Y Realizarla Según Todo Lo Establecido Para Tales Efectos Legales Dentro De La Monarquía Celestial Del Universo En El RUDPEAR. Y No Podrán Asumir Como Monarcas "Diosas Reinas" Sin Engendrar Un Heredero O Heredera A La Corona Celestial Del Universo, Solo De Esta Forma Podrán Conservar Su Poder Como Monarcas Dentro De La Misma, Ya Que El No Cumplimiento De Esta Ley Les Inhabilita Para Heredar Los Poderes.

                                                                                                                   

jueves, 18 de mayo de 2017

Decreto 0002 - 48

R.U.D.P.E.A.R.
Real Casa De Gobierno Celestial Universal
Monarquía Celestial Del Universo
Ciudad Capital Pedro Emilio Arenas Rueda

Decreto 0002 - 48

      El Suscrito Dios Rey Del Universo De La Honorable, Santa Y Sagrada Monarquía Celestial Universal, En Uso De Mis Atribuciones Como Máxima Autoridad Gubernamental Del Universo.

Decreta

1.-  En Cumplimiento De Las Leyes Del R.U.D.P.E.A.R. Y De Las Decisiones De La Honorable Sagrada Corte Celestial De Fechas 07 De Octubre Del 30 y 25 De Agosto Del Año 33 De La Nueva Era Y La Nueva Civilización, Dichas Empresas Pasadas A Extinción De Dominio Por Este Gobierno A Través De Las Decisiones Antes Mencionadas De La RSCCJ Pasan A Ser Propiedad De La Monarquía Celestial Universal En El R.U.D.P.E.A.R. Y Las Mismas Deberán Llevar Con Sus Nombres En Las Placas O Avisos De Identificación La Frase: “Adscrita Al Gobierno Monárquico Celestial Universal En El R.U.D.P.E.A.R.”

2.-  Tomar Posesión De La Administración De Dichas Empresas Que Pasan A Ser Adscritas Al Gobierno Monárquico Celestial Por Un Gerente Que Deberá Responder Por La Misma Una Ves Formalizada La Extinción E Integración De La Misma Al Grupo Empresarial Perteneciente A La Monarquía Celestial Universal En El R.U.D.P.E.A.R.

3.-  Darle A Los Antiguos Propietarios De Dichas Empresas Extinguidas Dos (02) Opciones Para No Dejarlos En La Calle Totalmente Con Esta Decisión De Pasarlas A Formar Parte De Los Bienes Del Estado Monárquico Celestial Universal En El R.U.D.P.E.A.R. Por La Evasión De Contribuciones O Impuestos De Las Mismas Al Gobierno Monárquico Celestial Que Son: a) Quedar Los Antiguos Propietarios De Las Empresas Como Empleados Del Gobierno Monárquico Celestial. b)  Los Empresarios Que Les Fue Extinguido El Dominio De Propiedad De Sus Empresas Entregar Inmediatamente La Misma A La R.S.C.J.C. Y Abandonar El Lugar. 
                                                                                            
      Dado, Firmado Y Sellado En La Real Casa De Gobierno Celestial, Sede Oficial De La Monarquía Celestial Del Universo, En  La Ciudad Capital Pedro E. Arenas R. A Los 18 Días Del Mes De Mayo Del Año 48 De La Nueva Era Y La Nueva Civilización, “La Civilización Del Amor De Dios Rey Pachely Hunter ”

                                                                 
                                                                Pachely Hunter
                                                          Dios Rey Del Universo
                                           Gral 7 Soles (EJRC)  Pedro E. Arenas R.



                                                          “ Un Nuevo Orden Social
Y Gubernamental En El Universo ”
                                                 
                                                       Pachely Hunter 
                                                     Dios Rey Del Universo
                         
    


domingo, 29 de enero de 2017

Of The Exercise Of The Kings Outside Of The R.H.G.C., Del Ejercicio De Los Monarcas Fuera De La R.C.G.C. ♡ ☆ ♔

Of The Official Exercise As Celestial Kings

Who They Don't Have Your Official Residence In The Royal House Government Celestial, If Not This In Official Mission Outside Of Her Won't Be Able To Exercise As Kings Your Celestial Monarchic Majesty Of The Universe. 

Alone Who Have A Mission Of Representation In Exercise Of Some Monarchic Position Outside Of The Official Headquarters Of The Celestial Monarchy They Will Be Able To Exercise As Such, And Who Will Complete All The Laws Of The Monarchy Faithfully For Your Worthy Representation Of The Same One Outside Of Government's House, In The Position That Occupies On Behalf Of The Monarchy Or In Position Diplomat Of A Properly Credited Exercised Mission Before The Celestial Monarchic Government And The Organisms That Exist In The Nation Or Each State Of The Same One. 


Del Ejercicio Oficial Como Monarcas Celestiales

Quienes No Tengan Su Residencia Oficial En La Real Casa De Gobierno Celestial, Sino Esta En Misión Oficial Fuera De Ella No Podrá Ejercer Como Monarcas Su Majestuosidad Monárquica Celestial Del Universo.

Solo Quienes Tengan Una Misión De Representación En Ejercicio De Algún Cargo Monárquico Fuera De La Sede Oficial De La Monarquía Celestial Podrán Ejercer Como Tales, Y Quienes Deberán Cumplir Fielmente Todas Las Leyes De La Monarquía Para Su Digna Representación De La Misma Fuera De La Casa De Gobierno, En El Cargo Que Ocupe En Nombre De La Monarquía O En Cargo Diplomático De Una Misión Ejercido Debidamente Acreditado Ante El Gobierno Monárquico Celestial Y Los Organismos Que Existan En La Nación O Cada Estado De La Misma.

lunes, 9 de enero de 2017

Of The Exceptions To Be Integral Of The Celestial Monarchy, De Las Excepciones Para Ser Integrantes De La Monarquía Celestial ♡ ☆ ♔

Of The Reprieve Of Those Nominated Or Applicants To Celestial Kings

Alone They Will Be Benefitted By The Reprieve To Be Part Of The Celestial Monarchy The Youths That Fulfill All The Requirements Of The Monarchy Celeste And That For Fortuitous Cause They Have Lost Your Virginity, I Eat For Example In The Case Of Young Lesbians That They Have Broken Your Hymen Mutually And Be Inside That Specified To Be Part Of The Same One This Won't Be Causal Of Rejection To Be The One Nominated Or Applicant Like Part Of The Celestial Monarchy, Even If Both Youths Declare Your Will Of Being Kings They Will Be Able To Him To Be Since Meetings Without Any Inconvenience They Are Adjusted To The Laws Of The Same One. But If You Is It Who Being With A Man Or A Man And Another Practicing The Sexual Act Is Delirious To Be Part Of The Same One, And Not To Recognize That Said Infringing Act To The Laws Of The Celestial Monarchy Is Taken As Exercise Of The Prostitution That Which Is Punished By The Laws Of The K.T.G.P.E.A.R., Being Clear That Automatically Are Disabled For The Exercise Of That Right That Any Young Beauty That Fulfills The Other Ones There In The Specified Laws To Be Chosen As Integral Of The Universal Celestial Monarchy.


Del Indulto De Las Nominadas O Aspirantes A Monarcas Celestiales

Solo Serán Beneficiadas Por El Indulto Para Formar Parte De La Monarquía Celestial Las Jóvenes Que Cumplan Con Todos Los Requisitos De La Monarquía Celeste Y Que Por Causa Fortuita Hayan Perdido Su Virginidad, Como Por Ejemplo En El Caso De Jóvenes Lesbianas Que Se Hayan Roto Su Himen Mutuamente Y Estén Dentro De Lo Estipulado Para Formar Parte De La Misma Esto No Será Causal De Rechazo A Ser La Nominada O Aspirante Como Parte De La Monarquía Celestial, Incluso Si Ambas Jóvenes Declaran Su Voluntad De Ser Monarcas Lo Podrán Ser Juntas Sin Ningún Inconveniente Ya Que Se Ajustan A Las Leyes De La Misma. Mas Si Lo Es Quien Estando Con Un Hombre O Un Hombre Y Otro Practicando El Acto Sexual Delire Formar Parte De La Misma, Y No Reconocer Que Dicho Acto Violatorio A Las Leyes De La Monarquía Celestial Es Tomado Como Ejercicio De La Prostitución Lo Cual Es Penado Por Las Leyes Del R.U.D.P.E.A.R., Quedando Claro Que Automáticamente Están Inhabilitadas Para El Ejercicio De Ese Derecho Que Cualquier Joven Belleza Que Cumpla Con Los Demás Allí En Las Leyes Estipulado Para Ser Elegida Como Integrante De La Monarquía Celestial Universal.